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Tu pastor es empleado y trabajador por cuenta propia al mismo tiempo

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Nómina pastoralParte 1 de 4Ver la serie completa

Marta lleva ocho años de tesorera en una congregación de Orlando. No es contadora: es maestra de primaria, y aceptó el cargo porque alguien tenía que llevarlo y ella era ordenada con los números.

Cuando la iglesia empezó a pagarle un sueldo al pastor, Marta hizo lo que haría cualquiera: llamó a la empresa que le lleva la nómina a su cuñado, les dio el nombre, el sueldo y la fecha de inicio, y el sistema hizo el resto. Le retuvo lo que le retiene a cualquier empleado. La iglesia aportó su parte. Todo salió puntual, todos los meses, durante ocho años.

Y estuvo mal desde el primer recibo.

No por culpa de Marta, ni de la empresa de nómina. Por una regla que casi nadie conoce hasta que alguien se la explica.

Un ministro está en los dos lados de la acera a la vez

Para casi cualquier trabajador en Estados Unidos la pregunta es blanca o negra: o eres empleado en nómina, con tu W-2, o eres contratista independiente, con tu 1099. No hay tercera opción.

Para un ministro ordenado, comisionado o licenciado, el IRS creó justamente esa tercera opción. Es las dos cosas al mismo tiempo, y cada una para un impuesto distinto:

Es un empleado —de derecho común, en el lenguaje del IRS— para el impuesto sobre la renta. Si la iglesia decide qué hace, cuándo lo hace y bajo qué responsabilidades, esa relación es de empleo. Su sueldo se reporta en un W-2, como el de cualquiera.

Y es un trabajador por cuenta propia para el Seguro Social y Medicare. Todo lo que gana por sus servicios ministeriales cuenta como ingreso de trabajo independiente a esos efectos, sin importar que para lo otro sea empleado.

No es un vacío legal ni un área gris que alguien esté aprovechando: está escrito así. Y tiene una consecuencia que conviene entender antes que ninguna otra:

FICA contra SECA: de aquí sale el error

En Estados Unidos, el Seguro Social y Medicare se recaudan por dos vías que no se tocan.

FICA es la vía de los empleados corrientes. El trabajador aporta el 7.65% por retención de nómina, y el empleador pone otro 7.65% de su propio bolsillo. Entre los dos, 15.3%.

SECA es la vía de quien trabaja por cuenta propia. No hay empleador que ponga la mitad: la persona paga el 15.3% completo al presentar su declaración.

Un ministro va por SECA. Y de ahí sale la regla que Marta no sabía:

Salvo que tenga aprobada una exención por el Formulario 4361 —que es un caso aparte, irrevocable y con requisitos estrictos—, es el propio ministro quien calcula y paga ese 15.3% usando el Anexo SE de su declaración personal.

15.3%

Lo paga el ministro entero, y de su bolsillo. Nadie le retiene nada durante el año, así que si no lo fue apartando, aparece completo en abril.

Mira lo que le pasó a la congregación de Marta durante ocho años, en las dos direcciones a la vez:

  • Al pastor le descontaron cada mes un 7.65% que no le tocaba. Cobró menos de lo que debía cobrar, ciento y pico de veces.
  • La iglesia pagó cada mes otro 7.65% que nunca debió. Dinero de las ofrendas, saliendo por algo que no se debía.

Y ninguna de las dos cosas le ahorró al pastor el SECA que sí le corresponde. Se lo van a pedir igual.

Cómo evitar la sorpresa de abril

Como para el impuesto sobre la renta sí es empleado, su sueldo tributa. Pero aquí llega la segunda sorpresa: el salario de un ministro por servicios ministeriales no está sujeto a la retención obligatoria del impuesto federal sobre la renta.

Eso no significa que no lo pague. Significa que hay dos formas legales de ir pagándolo, y hay que elegir una:

Pagos estimados trimestrales

El ministro no lleva retención en su nómina y va pagando cada trimestre al IRS con el Formulario 1040-ES. Ahí entra tanto el impuesto sobre la renta como el SECA.

Retención voluntaria por acuerdo

El ministro y la iglesia acuerdan por escrito que sí se le retenga. Entrega un Formulario W-4 y la iglesia retiene como a cualquier empleado —solo impuesto sobre la renta, nunca FICA.

La segunda opción tiene una ventaja que mucha gente desconoce, y es la que de verdad quita el susto de abril: la retención voluntaria puede pedirse lo bastante alta como para cubrir también el SECA. Se retiene como «impuesto sobre la renta», la iglesia lo manda al IRS mes a mes en nombre del pastor, y al llegar la declaración el dinero ya está puesto.

Dicho de otro modo: sin acordarse de cuatro pagos trimestrales, sin apartar nada a mano y sin que abril sea una fecha temida.

Lo que no funciona es el tercer camino, que es el que sigue mucha gente sin saberlo: no hacer ninguna de las dos.

Cómo tiene que verse su W-2

Al pastor de planta le corresponde un W-2. Si la iglesia lo emplea de forma regular y bajo su dirección, es un empleado de derecho común, y punto. Pero ese W-2 se llena distinto:

CasillaQué lleva
Casilla 1Su salario
Casillas 3 y 4Vacías o en cero — son de Seguro Social
Casillas 5 y 6Vacías o en cero — son de Medicare

Esas cuatro casillas en blanco son la huella de que la nómina está bien hecha. Coge el W-2 del año pasado de tu pastor y míralas. Si tienen cifras, algo se llevó mal — y ya sabes exactamente qué.

Y los honorarios que le dan directamente

Cuando un miembro le entrega dinero al pastor por una boda, un bautizo, un funeral o una consejería, ese dinero no es parte de la nómina de la iglesia y no va en el W-2.

Es del pastor, y le toca a él reportarlo por su cuenta como ingreso de trabajo independiente, en el Anexo C de su declaración. Es de las cosas que más se pasan por alto, y de las más fáciles de arreglar: basta con que alguien se lo diga a tiempo.

El subsidio de vivienda, en dos líneas

Merece su propio artículo y lo tendrá, pero conviene adelantar una cosa porque cuelga directamente de esta doble identidad:

  • Para el impuesto sobre la renta, la parte calificada del subsidio de vivienda queda fuera del ingreso gravable. No va en la Casilla 1.
  • Para el SECA, ese mismo subsidio sí se suma al calcular el Seguro Social y Medicare del ministro.

Es decir: exento por un lado, computable por el otro. Es el beneficio más potente que tiene el clero y también donde más se equivoca la gente, así que lo desarmamos entero en un artículo aparte.

Si acabas de reconocer a tu iglesia

Lo primero: esto casi nunca nace de querer hacer trampa. Nace de que la empresa de nómina no distingue a un ministro del resto del personal, y de que nadie —ni el banco, ni el seguro, ni quien montó la cuenta— se sentó nunca a explicarlo.

Y casi siempre se puede arreglar. Se corrigen los W-2 de los años que siguen abiertos y se deja bien lo de aquí en adelante. Hay una diferencia real —que se mide en dinero— entre corregirlo por iniciativa propia y que aparezca en una revisión.

Lo que no conviene es dejarlo otro año más, porque cada mes que pasa el error se repite en las dos direcciones.

En la próxima entrega de esta serie vemos por qué pagarle al pastor de planta con un 1099 —como si fuera un electricista contratado por horas— es de los errores más caros que puede cometer una iglesia, y en qué casos ese 1099 sí es el formulario correcto.

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